22 de noviembre de 2009

ANTECEDENTES CRIMINOLÓGICOS

* CONCEPTO DE CRIMINOLOGÍA:

"La Criminología es la disciplina que se ocupa del estudio del fenómeno criminal, con el fin de conocer sus causas y formas de manifestación. En la virtud, según lo expresado, se trata fundamentalmente de la ciencia causa-explicativa".

HISTORIA DE LA CRIMINOLOGIA

La lucha del
delito y la preocupación científica de este fueron objetivos que las ciencias normativas trataron alcanzar y se dio durante la antigüedad y la edad media. Tal fue la importancia que se dio a esos problemas que ilustres filósofos de la época dieron su opinión al respecto del problema de los delincuentes y el castigo que a estos se le debieran de aplicar, para mencionar algunos de los filósofos tenemos por ejemplo a HESIODO, PITAGORAS, HERACLICO, PROTAGORAS, SOCRATES, PLATON Y ARISTOTELES. Lo que si falto en esta época fue el sentido científico realista que es un presupuesto para la investigación criminología, por falta de este sentido científico realista no se pudo coleccionar sistemáticamente las experiencias.

Tenemos que las bases de la filosofía del
derecho penal dadas por TOMAS DE AQUINO en la escolástica le paso lo mismo que a la anterior, solo que esta se dio en la época mediaval. Damos comienzo en la edad moderna , estimuladas por la ilustración, pero con una verdadera intensidad solo en el siglo XIX, es aquí que los fenómenos reales entran en investigación, estos fenómenos abarcaban tanto el plano físico y psíquico que están en conexión con el delito.

La criminología no se exterioriza de una manera independiente, sistemáticamente cultivada. Sino que se deriva de diversas ramas de la investigación humana, hasta que al final se llega a reunir todas estas piezas dispersas y con ello se desarrolla una
disciplina propia, llamada criminología.

Ahora como ramas mas importante de la criminología podemos mencionar: Las
investigaciones medicas, con importancia en la Medicina Legal; La Antropología, Psiquiatría, Biología hereditaria, de las llamadas Psicología medica y de la caracterologia.

En la
sociedad siempre se busca el estudio del crimen y los criminales y esto le concierne a la criminología, buscando la delincuencia juvenil y las causas del delito. Hasta llegar a la teoría de que la interrelaciones de las personas, grupos y la sociedad en la cual viven y funcionan son las principales causas de que se cometa un delito.

La criminología es una ciencia muy
nueva y d la cual podemos ver que se basa en dos áreas de búsquedas, que son distintas pero están relacionadas entre si, la primera esta el estudio de la naturaleza del delito dentro de la sociedady la segunda es el estudio de los delincuentes desde un punto de vista psicológico. Ambas de estas teorías son mas descriptivas que analíticas.


LA ESCUELA CLÁSICA

En los siglos XVII y XVIII surgieron
nuevas clases sociales, como por ejemplo los mercaderes, banqueros y los hombres de negocio ( los burgueses ), llamada esta época como la Era de las Luces. El esfuerzo de mucho trabajo, el pensamiento racional fueron causas que hizo que la Etica Protestante despertara para que las personas alcanzaran su éxito personal. Comenzaron a surgir nuevos cambios en la manera de pensar, alcanzando un auge las ciencias en la búsqueda de las normas legales y desplazando los erróneos caminos de Dios. Gracias a esto se dieron cuenta que el hombre atravez de la razón experimento los dolores y placeres, por tal motivo el Estado dejo de ser observado como una entidad divina, que imponía sus castigos y reglas para todos los ciudadanos, sino que se exigió que siguiera los dictados de la razón.

La reforma clásica tuvo sus inicios en la ultima mitad del siglo XVIII en
Inglaterra e Italia y se extendió a Europa Occidental y ha EUA de allí en adelante. Teniendo en cuenta que lo mas importante es que la Escuela Clásica no existió como tal desde el punto de vista histórico, sino que gracias a ENRRICO FERRI, que comenzó a llamarle clásicos a los juristas prepositivistas y posteriores a BECCARIA.

BECCARIA en 1764 escribió una obra con el nombre de De
Delitos y Castigos, esta obra fue escrita tan solo cuando el constaba con 26 anos de edad. El trataba de encontrar la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, Escribir las leyes para que pudiera ser comprendida por todos los individuos y no solo por máximos juristas y sobre todo que la interpretación de esta no se pudiera dar de una forma desviada a la moral por los juristas o jueces y por ultimo el de limitar el ámbito de las leyes penales al mínimo necesario para minimizar el delito.

Podemos decir que gracias a la Escuela Clásica se dio la terminación de la barbarie y la injusticia que el
derecho penal representaba, procuro la humanizaron por medio del respeto a la ley, del reconocimiento a las garantías individuales y de la limitación al poder absoluto del Estado.

Al hablar de los representantes de la Escuela Clásica todos estamos de acuerdo con que fue gracias a BECCARIA, sentando los
principios de esta gran corriente el " DIVINO MARQUEZ " . BETHAM, aporto con su obra " TEORIA DE LAS PENAS Y DE LAS RECOMPENSAS " escrita en 1840 y ROMAGNOSI, con " GENESIS DEL DIRITTO PENALE " en 1837.

El profesor de Bolonia, Ginebra y París que es asesinado por sus
pensamiento políticos, fue el que escribió el primer gran clásico reconocido por todos, fue el, profesor PELLEGRINO ROSSI ( 1787 - 1848 ).

ROSSI consideraba que existía un orden
moral que todos los seres libres e inteligentes debíamos de seguir, pensando así que estos ordenes debían aplicarse en la sociedad, puesto que todos los individuos estamos hechos para vivir en sociedad. Dando así que gracias a esto surja un orden obligatorio para toda una sociedad y del cual se derivarían todos los derechos y obligaciones.

Otro ilustre representante tenemos a GIOVANNI CARMIGNANI, que nos trata de explicar que el castigo que se le impone a un criminal por el delito que cometió no se hace con el animo de tomar una venganza sino la de prevenir a que en un futuro no se realice otros
delitos semejantes, este ilustre representante fue profesor de Pisa, y en sus Elmenta iuris criminalis hace la necesidad del orden social como la fuente y de la ley moral como el limite.

Hay otro autor que piensa que la capacidad de juzgar le pertenece al superior pero no niega que todo
hombre al ser tal es inteligente y puede juzgar por igual, para ROSINI el fundamento del derecho de castigar es el eterno principio de la justicia. Y este autor el que sienta bases para la Escuela Clásica, con su obra Filosofía del Diritto escrita en 1839 por ANTONIO ROSINI.

Dentro de los escritores clásicos mas destacados tenemos a FRANCISCO CARRARA ( 1805 - 1888 ), que en 1859 escribió
Programa di Diritto Criminale, lo cual llevo a su verdadera esencia jurídica al Derecho Penal y son tan importantes porque cuando se hace referencia a la Escuela Clásica son las doctrinas de CARRARA las que se someten a exámenes.

CARRARA, nos confiesa " NO ME OCUPO DE CUESTIONES FILOSOFICAS: PRESUPONGO ACEPTADA LA DOCTRINA DEL LIBRE ARBITRIO Y DE LA IMPUTABILIDAD
MORAL DEL HOMBRE, Y SOBRE ESTA BASE EDIFICADA LA CIENCIA CRIMINAL, QUE MAL SE CONSTRUIRIA SIN AQUELLA ".

Según CARRARA delito es " LA INFRACCION DE LA LEY DEL
ESTADO, PROMULGADA PARA PROTEGER LA SEGURIDAD DE LOS CIUDADANOS, RESULTANTE DE UN ACTO EXTERNO DEL HOMBRE, POSITIVO O NEGATIVO, MORALMENTE IMPUTABLE O POLITICAMENTE ENGANOSO"

No tenemos que olvidar a otros autores que dieron
luz y brillo a la Escuela Clásica, que son BRUSA, TOLOMEI, PESSINA, MITTERMAINER, BERNER, HALSCHNER, BIRKMEYER, ORTOLAN Y TYSSOT.

Esta Escuela Clásica tiene por postulados:

1.- El encontrar sus bases filosóficas en el
Derecho Natural.
2.- Un
respeto absoluto al principio de legalidad.
3.- Ver al delito como un ente jurídico y no como un ente filosófico.
4.- El libre albedrío
5.- La aplicación de las penas a los individuos moralmente responsables.
6.- Los que carezcan de libre albedrío como por ejemplo los locos y los niños quedan excluidos del Derecho.
7.- La pena es la retribución que se hace al criminal por el mal que hizo en la sociedad.
8.- La retribución debe ser exacta.
9.- " LAS PENAS SON SANCIONES AFLICTIVAS DETERMINADAS, CIERTAS, EJEMPLARES, PROPORCIONALES, DEBEN REUNIR LOS REQUISITOS DE
PUBLICIDAD, CERTEZA, PRONTITUD, FRACCIONABILIDAD Y REPARABILIDAD, Y EN SU EJECUCION DEBEN SER CORRECTIVAS, INMUTABLE E INPRORROGABLES ".
10.- La finalidad de la pena es restablecer el orden social externo que ha sido roto por el delincuente.
11.- El Derecho de castigar pertenece al
Estado titulo de tutela jurídica.
12.- El
Derecho Penal es garantía de libertad, ya que asegura la seguridad jurídica ante la autoridad.
13.- Se considera que el método debe ser logico-abstracto, silogístico y deductivo.

PRECURSORES


*Cesare Beccaria*


*Francisco Carrara*


*Antonio Rossini*


*Pellegrino Rossi*

LA ESCUELA POSITIVA

Esta es todo lo contrario a la Escuela Clásica, la Escuela Positiva si tuvo una existencia real, con un
grupo de juristas que retaron a otros juristas del campo para poder imponer sus ideas. Una clase de intelectuales que hacen de LOMBROSO un jefe y sus conocimientos una doctrina.

FERRI nos dice que " LA ESCUELA POSITIVA CONSISTE EN LO SIGUIENTE: ESTUDIAR AL DELITO, PRIMERO EN SU GENESIS NATURAL, Y DESPUES EN SUS EFECTOS JURIDICOS, PARA ADAPTAR JURIDICAMENTE A LAS VARIAS CAUSAS QUE LO PRODUCEN LOS DIVERSOS REMEDIOS, QUE POR CONSIGUIENTES SERAN EFICASES ".

Debido a los excesos de la Escuela Clásica, nace la Escuela Positiva. Todo se debió al abuso de la dogmática, al olvido del hombre delincuente a sus creencias de haber de haber agotado la problemática juridico-penal.

El principal medio de difusión de esta escuela fue la
revista "Archivi di psichiatria, scienze penali e antropologia criminale". La vida de esta escuela ha sido agitada y fecunda, llena de aciertos y de errores también, así como ha tenido muchos que la apoyan también están los que la contradicen.

Otra
conocimiento que FERRI nos explica es: "LA ESCUELA CRIMINAL POSITIVANO CONSISTE UNICAMENTE, EN EL ESTUDIO ANTROPOLOGICO DEL CRIMINAL, PUES CONSTITUYE UNA RENOVACION COMPLETA, UN CAMBIO RADICAL DE METODO CIENTIFICOEN EL ESTUDIO DE LA PATOLOGIA SOCIALCRIMINAL, Y DE LOS QUE HAY DE MAS EFICAZ ENTRE LOS REMEDIOS SOIALES Y JURIDICO QUE NOS OFRECE. LA CIENCIA DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS ERA UNA EXPOSICION DOCTRINAL DE SILOGISMOS, DADOS A LUZ POR LA FUERZA EXCLUSIVA DE LA FANTASIA LOGICA; NUESTRA ESCUELA HA HECHO DE ELLO UNA CIENCIA DE OBSERVACION POSITIVA, QUE, FUNDÁNDOSE EN LA ANTROPOLOGIA, LA PSICOLOGIA Y LA ESTADISTICA CRIMINAL, Y ASI DE COMO EL DERECHO PENAL Y LOS ESTUDIOS PENITENSIARIOS, LLEGA HA SER LA CIENCIA SINTETICA QUE YO MISMO LA LLAMO SOCIOLOGIA CRIMINAL, Y ASI ESTA CIENCIA, APLICANDO EL METODO POSITIVO AL ESTUDIO DEL DELITO, DEL DELINCUENTE Y DEL MEDIO, NO HACE OTRA COSA QUE LLEVAR A LA CIENCIA CRIMINAL CLASICA EL SOPLO VIVIFICADOR DE LAS ULTIMAS E IRREFRAGABLES CONQUISTAS HECHAS POR LA CIENCIA DEL HOMBRE Y DE LA SOCIEDAD, RENOVADA POR LAS DOCTRINAS EVOLUCIONISTAS ".

Dentro de los representantes e esta escuela, tenemos a LOMBROSO, FERRI Y GAROFALO, esto no quiere decir que sean todos sino que con ellos son con los cuales se
marca el principio de una corriente que llegaría con fuerza hasta nuestros días.

Los postulados de esta escuela son:

1.- La Escuela Positiva se caracteriza por su método científico.
2.- El delito es un hecho de la
naturaleza y debe estudiarse como un ente real, actual y existente.
3.- Su determinismo, es totalmente determinista esta escuela.
4.- Sustituye la
responsabilidad moral por la responsabilidad social, puesto que el hombre vive en sociedad y será responsablemente social mientras viva en sociedad.
5.- El hecho de que si no hay
responsabilidad moral, no quiere decir que se pueden quedar excluido del derecho.
6.- El
concepto de Pena se sustituye por el de sanción.
7.- La sanción va de acuerdo a la peligrosidad del criminal.
8.- Estas deben durar mientras dure la peligrosidad del delincuente, y por eso son de duración indeterminada.
9.- La ley penal no restablece el orden jurídico, sino que tiene por misión la de combatir la criminalidad considerada como fenómeno social.
10.- El derecho a imponer sanciones pertenece al
Estado a titulo de defensa social.
11.- Mas importante que las penas son los substitutivos penales.
12.- Se acepta "
tipos" criminales.
13.- La legislación penal debe estar basada en los estudios antropológicos y sociológicos.
14.- El método es inductivo - experimental.

PRECURSORES


*César LOMBROSO......."EL PADRE DE LA CRIMINOLOGÍA"*


*Enrico Ferri*


*Rafaelle Garófalo*

CRIMINOLOGIA CLÍNICA

BENIGNO DI TULLIO la define como la ciencia de las conductas antisociales y criminales basada en la observancia y el análisis profundo de casos individuales, normales, anormales o patológicos.

Esta corriente intenta dar una explicación integral a cada caso, considerando al ser humano como una entidad biológica, psicológica, social y moral. Se dice que proviene de LOMBROSO. Sus antecesores son por ejemplo MAUCDESEY, Londres en 1888; FRANCISCO GINER, Madrid en 1899 y DE LOS
RIOS, Buenos Aires en 1907.

Se le denomina Criminología Clínica porque proviene del griego CLINE: Lecho, cama. El medico clínico tiene como labor la de observar, diagnosticar, pronosticar al paciente en la cama. Estos son los grandes
objetivos de la criminología clínica.

La premisa es la de que la
conducta humana esta condicionada por múltiples factores biológicos, psicológicos y social. Hay que averiguar en cada caso, cuales de estas circunstancias hacen que la persona cometa un delito.

Dentro de los métodos tenemos:

1.- Entendimiento directo con el delincuente.
2.- Examen medico.
3.- Examen psicológicos para obtener
datos sobre la personalidad del individuo.
4.-
Encuesta social en donde el trabajador social investiga el medio en que se desarrollo la persona.

El trabajo clínico debe ser interdisciplinario, en términos generales se ha vinculado con el funcionamiento de las prisiones. Este trabajo da respuesta al que hacer con el individuo, realizado así el diagnostico pronostico y tratamiento.

La peligrosidad es un
concepto clave de la escuela clínica, que se basa en el supuesto ( que causa llevar a la persona al delito ) se puede determinar si los va a seguir cometiendo y en que medida.

Este
concepto tiene dos aspectos :

1.- La Capacidad Criminal: Que es la cantidad de delito que puede cometer el criminal.
2.- Adaptabilidad: La capacidad de adaptación al medio en que vive.

La escuela clínica trata de analizar al delito para establecer un diagnostico, pronostico y tratamiento. Este es el central de esta escuela.

Un diagnostico se utiliza para determinar el grado de peligrosidad de un individuo, entrando en jugo los dos aspectos antes mencionados.

Lo más importante es el paso al acto y existe 4 fases importante:

1.- Consentimiento Mitigante: Concibe y no rechaza la posibilidad del delito del delincuente.
2.- Consentimiento Formulado: Donde la
persona decide cometer el delito.
3.-
Estado de Peligro.
4.- Paso al Acto: La comisión del delito.

SUTHRERLAND, elaboro en la criminología clínica, EL DELITO DE CUELLO BLANCO y la definió: " Es un delito cometido por una
persona de respetabilidad y estrato social alto en el curso de su ocupación" .

PRECURSORES


Negrita *Benigno Di Tullio*

LA ESCUELA ECLÉCTICA

Esta escuela tiene su fundamento teórico basado en el mismo que el de la Escuela Clásica, que es el
contrato social. Esta escuela no es una escuela en si, sino la reunión de varias escuelas reunida en esta corriente. La diferencia entre la escuela Clásica y Positiva esta en que estas tenían una serie de normas que si no estabas de acuerdo con una, rompías todas las demás. Era un esquema casi perfecto y el objetivo de la escuela Ecléctica era la de romper con esas reglas o esquemas monolíticos y crear algo diferente.

El
presupuesto operante de esta es la igualdad material y como en la Escuela clásica, radica su responsabilidad en lo individual, pero le agrega el concepto de situación, referente al medio físico y social. Como consecuencia de la introducción del concepto situación en la responsabilidad individual, la escuela ecléctica logra la atención punitiva por razones subjetivas, y conserva, dicha disminución por razones objetivas.

La integración entre derecho penal y criminología requiere entre todo una gran madurez en ambas disciplinas., se recalca sobre la madurez de estas ciencias, porque el derecho penal en aquella época estaba falto de madurez y la criminología empezaba sus primeros pasos.

ESCUELA SOCIAL

Esta apoyada por el filosofo
DURKHEIM, esta escuela no tiene su fundamento en el contrato sino en la dialéctica . Esta escuela tiene antecedentes en la Lyon, en especial en Lacassagne, en la cartográfica y en la de intersicologia con Tarde. Son famosas las sentencias lapidarias de Lacassagne: "Las sociedades tienen los criminales que se merecen y el medio social es el caldo del cultivo de la criminalidad mientras que el microbio es el criminal".

Para la escuela social, el
presupuesto operante es el de la desigualdad material y la división del trabajo, y no el de la igualdad del contrato.

La responsabilidad penal es individual, pero requiere una depuración de las fuerzas sociales. Su
sistema jurídico busca ante todo una justicia social y tiene un criterio político que busca la comprensión y mejoras sociales.

Tratándose del delincuente, la escuela social realiza los estudios de estos bajo un enfoque sociológico., la patología se desplaza del campo individual al social. Esta escuela introduce el estudio de la motivación en el delincuente y hace la medición punitiva con base en factores
objetivos y subjetivos., desde luego la lista de factores subjetivos la amplia, y a mas de esto, no solo reconoce la atenuación punitiva derivada de ambas factores sino que llega también a admitir la exclusión de responsabilidad. La escuela social fue la primera en hacer la distinción entre lo patológico y lo no patológico, con énfasis en lo no patológico.

La clasificación de delito y delincuente, Esta escuela nos dice que es normal, quedando a salvo la anormalidad biológica y sicología del delincuente. Tiene una interpretación legal sicosociojuridica.

Esta escuela permite un fuerte avance de la criminología, y con el favorece la maduración de la misma hacia una ulterior integración, todavía inexistente, con el derecho penal.

El mérito principal de la escuela social radica en introducir el concepto de "función social del derecho" , en el cual, la ley aparece como el mejor mecanismo para lograr una justa composición y un equitativo desarrollo de la sociedad. Este concepto de función social a su vez introdujo cambios de la mayor importancia en el derecho privado y en el
derecho publico, por ejemplo, con las figuras del abuso del derecho y de la expropiación, respectivamente y dio comienzo a la eliminación de la arraigada separación tajante entre lo privado y lo publico, división sobre la cual se basan todos los sistemas jurídicos.

PRECURSORES


*Durkheim*

ESCUELA ANOMMICA

Su fundamento teórico esta basado en la anomia, situación en la cual el
desarrollo social desborda al control institucional. El presupuesto operandi esta fundamentado en la desigualdad material y una mayor división del trabajo. Sigue la responsabilidad en el campo individual pero aparece la tendencia a socializarla.

La finalidad del
sistema jurídico esta basado en el hallazgo del nivel natural en la meritocrasia. El enfoque es sociológico y se dirige a la contracultura, pero no a la cultura. Solo el proletario aparece representado en la estadísticas de criminalidad. Desde luego la escuela anomica no hace caso omiso de la motivación en el delincuente, pero, en verdad, tampoco hace de este aspecto su principal punto de meditación, puesto que la motivación importante no esta en el individuo sino en la sociedad.

Al centrar el foco eruptivo de la
delincuencia en la sociedad y no en el individuo, la medición punitiva en si pierde importancia pues resulta de poca utilidad en el tratamiento de la delincuencia mantenida erróneamente dentro de rigurosos esquemas individuales. Empieza otro tipo de cuestionamiento en derredor de la facultad punitiva.

EL principal aporte fue el punto víctima de las peores criticas y rechazos: interpretación de la
delincuencia proletaria, estadísticamente muy representada en las cifras policiales de criminalidad.

ESCUELA ECOLÓGICA

Su fundamento teórico es el que la formación de la sociedad es orgánica y no contractual. El
presupuesto operandi esta basado en la desigualdad material y muy grande división del trabajo. Su responsabilidad deja de ser individual y se convierte en social y grupal. El hallazgo del equilibrio biotico-social es la finalidad del sistema jurídico.

El principal aporte de esta Escuela Ecológica, con sede en Chicago y
producto de la inmigraciones incontroladas de europeos, es la interpretación de la delincuencia de la mafia.

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